1. PARTES CONTRATANTES
Las partes contratantes son la empresa de alquiler de barcos mencionada en el contrato y el arrendatario. Best Boats Charter SLU, Local D.2.1. Urbanización El Toro s/n, 07182 Calviá (en adelante referida como la empresa de alquiler) firma este contrato con la autorización y derechos necesarios y suficientes (propiedad del yate u otro válido según la ley española) para cumplir con cualquier obligación y disfrutar/hacer valer cualquier derecho derivado del mismo. La empresa de alquiler firma a través de su representante legal.
2. OBJETO Y CAUSA
El objeto del contrato es el yate, cuyo coste de alquiler y términos contractuales generales y específicos fueron previamente aceptados por el arrendatario. Bajo todas las condiciones acordadas, el arrendatario acepta pagar la tarifa de alquiler, el depósito de seguridad y todos los demás costos/cargos en moneda legal, en la fecha acordada para cada pago, a la cuenta especificada en este contrato. Las condiciones de este contrato se aplican únicamente al yate específico. Para cualquier otro equipo de ocio y/o dispositivos acuáticos (tales como E-Foils, Radinn Jetboard, Seabobs, Jet Ski, Fliteboard, Audi E-Tron Foil, Awake Jetboard, etc.), estas condiciones se aplicarán solo de manera subsidiaria a las condiciones firmadas por separado por las partes para dichos dispositivos (ver "Condiciones del contrato para equipos de ocio y dispositivos acuáticos"), aunque el presupuesto y/o factura provisional/final puedan agrupar todos los objetos arrendados/jetados.
3. PAGO DE LAS TARIFAS DE CHÁRTER Y OTROS CARGOS
El precio del alquiler incluye el uso del yate y sus instalaciones. Los extras y gastos adicionales se facturarán por separado y no se tendrán en cuenta en caso de reembolso de los costos de alquiler.
No están incluidos en el precio del alquiler:
1. Amarres en otros puertos, incluidos los costos asociados
2. Combustible
3. Gas
4. Alimentación
5. Boyas
6. Todos los gastos o medidas necesarios para el funcionamiento adecuado del yate durante el período de alquiler
El cincuenta por ciento (50%) del precio del alquiler y los costos de entrega y/o devolución (si corresponde) se pagarán a la empresa de alquiler en el momento de la reserva. El saldo restante se transferirá, en principio, un mes calendario antes del inicio del período de alquiler, a menos que se especifique lo contrario en una disposición bajo "Condición". Los fondos mencionados anteriormente se transferirán a una cuenta especificada en el momento de la reserva.
4. FIANZA
La fianza se abonará a la empresa de alquiler al comienzo del período de alquiler, antes de abordar el yate. El pago puede realizarse mediante una o varias tarjetas de crédito confirmadas o por transferencia bancaria (por transferencia bancaria hasta el día anterior al inicio del alquiler). La empresa de alquiler se reserva el derecho de cargar la fianza en la tarjeta de crédito del arrendatario.
5. DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA
Salvo disposición en contrario, la fianza será retenida y utilizada en la medida necesaria para cubrir o compensar cualquier responsabilidad derivada del arrendatario bajo alguna de las disposiciones de este acuerdo. Sin embargo, en la medida en que no se utilice para tal fin, la fianza será devuelta al arrendatario dentro de los 14 días posteriores al final del período de alquiler, sin intereses.
6. ÁREA DE NAVEGACIÓN
El arrendatario debe limitar el radio de acción del yate al área de navegación y a las regiones dentro del área de navegación en las que sea legalmente permitido navegar para el yate. En caso de que el arrendatario no limite el yate al área de navegación, se le solicitará que atraque en el puerto más cercano a su costo, y al finalizar este acuerdo no podrá recibir ningún reembolso del precio del alquiler o de la fianza.
7. MAXIMA CANTIDAD DE PERSONAS
El arrendador no permite en ningún momento durante la duración del chárter más que el número máximo de invitados indicado en la primera página de este acuerdo. Si, según el criterio fundamentado de la empresa de chárter/el arrendador, el arrendatario incumple la normativa sobre el cumplimiento del máximo número de personas a bordo, entonces este acuerdo puede ser terminado. En tal caso, el arrendatario deberá atracar en el puerto más cercano a su costo y al finalizar este acuerdo no podrá recibir ningún reembolso del precio del alquiler o del depósito. Además, el arrendatario deberá cubrir todos los gastos relacionados con la transferencia legal del yate al puerto base.
8. ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL YATE
a) La empresa de alquiler se compromete a instruir al arrendatario o al patrón designado por este durante la entrega del yate, realizando una verificación exhaustiva de todas las funciones técnicas y asegurándose de la presencia de todos los equipos mediante una lista de verificación o inventario, y elaborando un acta que debe ser firmada por el arrendatario y la empresa de alquiler. Al firmar este acta, el arrendatario / patrón confirma haber recibido el yate en buenas condiciones, apto para la navegación, limpio, con el tanque lleno (combustible, agua, gas) y debidamente equipado. Cualquier defecto, daño o equipo faltante debe ser registrado por escrito en el acta. Las reclamaciones posteriores no serán aceptadas.
b) El arrendador puede negarse a entregar el yate si la tarifa de alquiler no ha sido completamente pagada, si no se ha proporcionado el depósito o no ha sido sustituido por un seguro, si faltan documentos necesarios o si son insuficientes (licencia/certificado de navegación no válida o inexistente, etc.), o si el cliente no se presenta en el momento acordado y no se comunica a tiempo.
9. UTILIZACIÓN DEL YATE
En el caso de un contrato de alquiler de yates según un acuerdo de "Bareboat" (alquiler sin tripulación), el arrendatario se compromete a que, si, según la estimación razonable de la empresa de alquiler, no se le considera apto para operar el yate de manera segura y marinera, el arrendatario, a su propio costo, aceptará los servicios de un capitán profesional proporcionado por la empresa de alquiler, hasta que el capitán profesional designado declare que el arrendatario puede manejar competentemente el yate sin los servicios del capitán profesional. El arrendatario es responsable de los gastos operativos regulares del yate, incluidos, entre otros, cualquier pérdida, rotura o daño fuera del desgaste normal en el barco o su equipo causado por el arrendatario, ya sea intencional o no, que se deducirá del depósito.
10. RETRASO EN LA ENTREGA
Si por alguna razón de fuerza mayor, la empresa de alquiler o su representante no ponen a disposición del arrendatario el yate o un yate equivalente en el puerto de entrega al inicio del período de alquiler y la entrega se realiza dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al inicio programado de la entrega, la empresa de alquiler deberá reembolsar al arrendatario una parte proporcional de la tarifa de alquiler por día, o si así lo acuerdan mutuamente, la empresa de alquiler permitirá una extensión proporcional de la duración del alquiler.
11. NO ENTREGA
a) En caso de que el yate especificado en el contrato no esté disponible al comienzo del chárter por cualquier motivo, la empresa de alquiler se reserva el derecho de ofrecer un yate de reemplazo de tamaño, alojamiento y rendimiento similares. Sin embargo, si resulta imposible encontrar un yate de reemplazo, el arrendador no será responsable por la cancelación del chárter, excepto por el reembolso de los pagos realizados.
b) Si por algún motivo de fuerza mayor la empresa de alquiler no puede entregar el yate dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, el arrendatario tendrá derecho, a partir del momento en que la entrega debía realizarse, a considerar este contrato como rescindido. El único recurso del arrendatario será el reembolso de los pagos sin intereses del monto total pagado por él al arrendador o su representante. Alternativamente, si las partes están de acuerdo, el período de alquiler puede ser extendido por un período correspondiente al retraso.
12. RETRASO EN LA DEVOLUCIÓN
a) En caso de que la devolución del yate se retrase por motivos de fuerza mayor, esta se realizará tan pronto como sea posible posteriormente, y mientras tanto, las condiciones de este acuerdo permanecerán vigentes, sin embargo, sin penalización para el arrendatario.
b) Si el arrendatario no entrega el yate en el puerto de devolución, entonces el arrendatario deberá pagar inmediatamente a la empresa de alquiler, mediante transferencia directa, los costos de amarre del barco, el precio del alquiler diario y cualquier costo de traslado, y si hay un retraso en la devolución que exceda las veinticuatro (24) horas, el arrendatario deberá compensar a la empresa de alquiler o su representante por todas las pérdidas o daños incurridos como resultado de la falta de devolución, incluidos los derivados de la pérdida de uso del yate o la cancelación o retraso en la entrega para un alquiler posterior del yate. La empresa de alquiler tiene derecho a deducir los costos incurridos de la fianza.
13. TERMINACIÓN POR PARTE DEL ARRENDATARIO
En caso de que el arrendatario cancele este acuerdo en cualquier momento antes del inicio del período de alquiler o en el momento mismo de su inicio, el arrendatario seguirá siendo responsable de pagar todos los montos pendientes que estuvieran impagos tanto antes como en el momento de la cancelación. Si la cancelación es realizada por el arrendatario o si, después de la cancelación, el arrendatario no cumple con el pago de algún monto adeudado conforme a este contrato, la empresa de alquiler o su representante tendrán derecho a iniciar acciones judiciales para hacer valer sus reclamaciones.
14. OBLIGACIONES, DAÑOS, INCONVENIENTES Y AVERÍAS
a) En caso de que el yate especificado en el contrato no esté disponible al comienzo del chárter por cualquier motivo, la empresa de alquiler se reserva el derecho de ofrecer un yate de reemplazo de tamaño, alojamiento y rendimiento similares. Sin embargo, si resulta imposible encontrar un yate de reemplazo, el arrendador no será responsable por la cancelación del chárter, excepto por el reembolso de los pagos realizados.
b) b) Las interrupciones o fallas en el equipo de deportes acuáticos que no limiten el uso del yate no dan derecho a una reducción de precio o cancelación del contrato.
c) Sin embargo, si el yate se pierde o queda tan inoperable que no pueda repararse dentro de cuarenta y ocho (48) horas, y el impedimento no fue causado por actos u omisiones del arrendatario, este puede terminar este contrato mediante aviso por escrito a la empresa de alquiler, y tan pronto como sea posible después de dicha terminación, se reembolsará la tarifa de alquiler de forma proporcional por la parte del período de alquiler restante desde la fecha y hora de la pérdida o inoperabilidad. En estas circunstancias, el arrendatario puede determinar el reembolso entregando la posesión del yate en su amarre. El arrendatario tiene derecho a solicitar el reembolso de gastos adicionales de hasta 500,00 € previa presentación de pruebas. Se excluyen las reclamaciones de reembolso que excedan este monto.
d) El arrendatario se compromete a indemnizar a la empresa de alquiler contra todos los reclamos presentados por terceros derivados del uso del yate por parte del arrendatario o miembros de la tripulación, que no estén cubiertos por un seguro, incluso si estos reclamos exceden el monto del depósito.
e) En caso de daños en el yate debido al desgaste, el arrendatario debe organizar la reparación o el reemplazo según las instrucciones de la empresa de alquiler o su representante. Si no se puede contactar al representante, el arrendatario está autorizado a organizar la reparación o el reemplazo si el monto no excede los 100,00€. Este gasto será reembolsado al regreso con la presentación de la factura si el daño no se debe a un error del operador. Las piezas reemplazadas deben conservarse.
f) El arrendatario es totalmente responsable de todos los costos directos y consecuentes, como la pérdida de negocios de alquileres posteriores y todos los costos y compensaciones asociados resultantes de la incautación del yate debido a su culpa o la de un miembro de la tripulación, así como de actividades ilegales como el transporte de drogas, armas, personas o bienes sujetos a derechos de aduana.
g) En caso de daños importantes, accidentes, posibles retrasos, pérdidas o inmovilización del yate, la empresa de alquiler debe ser notificada de inmediato. El arrendatario debe tomar todas las medidas necesarias para mitigar el daño y los daños consecuentes (pérdida de alquiler, etc.), así como para encargar las reparaciones necesarias en consulta con la empresa de alquiler y adelantar el pago. El arrendatario también debe preparar un informe de daños y, en consulta con el arrendador, hacer que este informe sea confirmado por las autoridades pertinentes. El arrendatario puede ser considerado responsable del pago de todos los costos resultantes de no cumplir con la formalidad mencionada.
h) El robo del yate o partes de su equipamiento debe ser reportado a la estación de policía más cercana.
15. USO DEL YATE
El arrendatario solo puede utilizar el yate como embarcación recreativa para sí mismo y sus invitados. El arrendatario debe asegurarse de que no se traigan mascotas u otros animales a bordo del yate sin el consentimiento de la empresa de alquiler. Asimismo, debe garantizar que su comportamiento y el de sus invitados no causen molestias a otras personas ni desprestigien al yate. QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO FUMAR EN CUALQUIER ESPACIO INTERIOR A BORDO DEL YATE. El arrendatario debe cumplir con esta disposición y asegurarse de que sus invitados respeten las leyes y regulaciones de cada país cuyas aguas atraviese el yate durante el curso de este contrato. La participación en regatas solo está permitida con el permiso expreso de la empresa de alquiler.
El arrendatario debe asegurarse de que todas las mercancías en régimen de franquicia aduanera u otros bienes que puedan estar a bordo del yate o ser llevados a bordo durante el transcurso del arriendo sean desaduanados antes de ser desembarcados. Se advierte expresamente que la posesión o el uso de drogas ilegales o armas (incluidas especialmente las armas de fuego) serán motivo suficiente para que la empresa de alquiler rescinda de inmediato, sin ninguna reclamación contra la empresa de alquiler o su representante, o el arrendador, el contrato de arrendamiento.
16. SEGURO Y RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO
a) El propietario del barco asegura el yate contra todos los riesgos habituales para un yate de su tamaño y tipo con aseguradoras de primera categoría.
b) En circunstancias normales, el arrendatario solo será responsable de los gastos incurridos en el yate, como reparaciones por daños causados por el arrendatario o sus invitados (intencionalmente o no) o por terceros. Esta responsabilidad se extiende a cada accidente o incidente individual hasta el monto del depósito de alquiler, excepto por actos ilegales según el punto 15.g) y casos de negligencia bajo la influencia de drogas y alcohol.
c) En caso de un accidente o incidente, el arrendatario puede ser considerado responsable por un monto mayor que el deducible si él o uno de sus invitados actúa (intencionalmente o no) de manera que invalida el límite o cobertura según la póliza de seguro (por ejemplo, conducir bajo la influencia de drogas, negligencia, etc.).
d) El seguro no cubre accidentes con acompañantes, la pérdida o daño de sus pertenencias personales a bordo o en tierra, así como los gastos de atención médica o accidentes, ni para cubrir cualquier incumplimiento de la fianza. Recomendamos contratar un seguro adicional correspondiente.
17. DEVOLUCIÓN DEL YATE
a) El arrendatario debe regresar al lugar acordado en el momento establecido en este contrato. En la planificación del tiempo, también deben tenerse en cuenta el mal tiempo u otras circunstancias adversas. El contrato de arrendamiento finaliza únicamente después de la devolución adecuada del yate.
b) El arrendatario debe devolver el yate a la empresa de alquiler a más tardar en la fecha acordada. Hasta ese momento, toda la tripulación, incluido el equipaje, debe haber abandonado el yate.
c) Al devolver el yate, se deben informar los equipos perdidos y todos los daños, y si no están cubiertos por un seguro adicional, deben ser pagados. Además, el depósito de garantía puede ser utilizado para este fin. Además, se debe informar al arrendador sobre cualquier contacto con el fondo y defectos detectados, que deben ser anotados en el protocolo de salida. Se redactará también un protocolo (lista de verificación) sobre la devolución adecuada, que será vinculante mediante la firma del arrendatario y la empresa de alquiler o su representante autorizado.
d) Si se requieren reparaciones, el arrendatario debe regresar antes de lo previsto, previa coordinación con la empresa de alquiler, para que las reparaciones puedan llevarse a cabo antes del próximo arrendamiento. Si los daños son responsabilidad de la empresa de alquiler, se reembolsarán las tarifas de alquiler por el tiempo perdido.
18. AUTORIDAD LEGAL
Las partes acuerdan que este contrato se regirá por la ley española y que los tribunales españoles tendrán competencia. O, a discreción absoluta y decisión de la empresa de charter o su representante, este contrato se regirá por la ley y/o jurisdicción del país de residencia de la empresa de charter.
19. RESERVAS DE LA EMPRESA DE CHÁRTER
La empresa de chárter/el propietario se reserva el derecho de restringir el área de navegación de acuerdo con la categoría del barco o de imponer una prohibición de navegación nocturna en condiciones de navegación inseguras o inusuales. En caso de condiciones climáticas desfavorables, la decisión de cancelar el viaje chárter o modificar la ruta recae exclusivamente en la empresa de chárter/el propietario. Si el viaje chárter se cancela debido a condiciones climáticas desfavorables, el arrendatario tiene derecho a un reembolso completo de todos los pagos sin intereses. Alternativamente, si las partes están de acuerdo, la reserva puede ser pospuesta de manera flexible a otro día, sujeta a disponibilidad. En caso de que no sea posible reprogramar dentro de dicho período, el arrendatario recibirá un cupón por el valor correspondiente al tiempo de chárter restante cancelado, ajustado al precio vigente en el momento del uso del cupón. El cupón es válido por dos años (de fecha a fecha) a partir de la fecha de cancelación y es transferible con el consentimiento de Best Boats Charter SLU.
20. DISPOSICIONES - FUERZA MAYOR
La fuerza mayor se entiende como cualquier evento natural o humano que sea externo, imprevisible, irresistible e inevitable, incluso con un alto nivel de esfuerzo/diligencia dirigido hacia el cumplimiento de las condiciones contractuales, y que impida el desarrollo natural o lógico de los eventos y el cumplimiento de las obligaciones de las partes. Por lo tanto, la fuerza mayor no se entenderá como cualquier evento que, debido a la formación y habilidades otorgadas a las partes - a través de cualquier permiso, licencia o autorización gubernamental -, las partes deberían haber podido prever adecuadamente con anticipación suficiente para el desarrollo adecuado del contrato y el cumplimiento de sus obligaciones.
Al firmar el contrato de chárter, ambas partes han leído, entendido y aceptado cada cláusula y condición del contrato de chárter.